miércoles, 6 de diciembre de 2023

II Congreso Nacional de Enfermería Perioperatoria

EN CARABOBO, SE REALIZA EL II CONGRESO NACIONAL DE ENFERMERÍA PERIOPERATORIA

 

Más de 170 profesionales de enfermería se dieron cita en el II Congreso Nacional de Enfermería Perioperatoria, el encuentro estuvo preparado por el equipo de Sociedad de Especialistas Perioperatoria y la Comisión Científica del Colegio de Enfermeras del estado Carabobo; contó con la participación de 20 conferencistas nacionales, que estuvieron en tres talleres simultáneos y en el Congreso Nacional.

Nelson López, presidente del comité organizador señalo que la convocatoria fue excepcional, los participantes se llevan del Congreso las mejores y más actualizadas prácticas quirúrgicas, se conto con tres talleres especiales en Control de Infecciones, Cirugía Laparoscopias y Manejo del paciente post operado; en el ínterin del Congreso conferencias para el mejoramiento que fueron desde la gerencia, investigación y las prácticas intra quirúrgicas. Resaltó que el gremio ha asumido el compromiso en el mejoramiento profesional de los enfermeros quirúrgicos, esto represento un cumulo de conocimientos que va a beneficiar el sistema de salud venezolano, en especial las áreas quirúrgico.

Julio Garcia, presidente del gremio agradeció a todas las instituciones colaboradoras y al comité organizador. Resaltó que este espació es oportuno la revisión periódica de las buenas prácticas, hoy hay problemas graves con el control de infecciones intrahospitalarias, se requieren estadísticas oficiales gubernamentales, además de sincerar las capacidades de respuestas quirúrgicas, se evidencia en lo público que existen muchos espacios quirúrgicos con limitaciones por no contar con el personal o equipamiento necesario, otros cerrados.

Por último, hizo un llamado a todos los enfermeros quirúrgicos a seguir preparándose para garantizar cirugías quirúrgicas seguras a favor de nuestros usuarios.

 

 


miércoles, 7 de junio de 2023

HONORARIOS MÍNIMOS (TABULADOR ORIENTATIVO) PARA PROFESIONALES DE ENFERMERÍA EN EL LIBRE EJERCICIO

 

El presente instrumento de los honorarios mínimos de los pro­fesionales de enfermería, es una matriz de referencia para la regulación de tarifas por concepto de la prestación de los ser­vicios en enfermería en Venezuela, en el ámbito del ejercicio libre.

Este es diseñado de conformidad al Artículo 22 de la Ley del Ejercicio Profesional, en lo que se refiere a que será "estableci­do para tal efecto, por la Federación de Colegios de Profesio­nales de la Enfermería de Venezuela y el Ministerio con com­petencia en materia de salud".  Es de argumentar, que es refe­rencial con respecto ante la situación, de lograr vencer las políticas burocráticas del Gobierno Nacional MPPS, y en atención a dar respuesta a las exigencias en esta materia. Por ello, que todo profesional debe abocarse por la protección y cumplimiento de este tabulador. .

El mismo es redactado por la Comisión de Aranceles de la Fe­deración de Colegios de Profesionales de la Enfermería de la República Bolivariana de Venezuela, como el órgano idóneo para la regulación, análisis y consultas que puedan surgir en temas de cobros profesionales; esta tiene la responsabilidad de su publicación de por lo menos una vez por año.

Por último, se deberá recordar que su estimación es en dólares americanos ($), ya que lamentablemente el Bolívar (Bs), dejó de ser una referencia por la alta inflación, este no guarda rela­ción con la realidad del mercado.

Para mayor compresión se recomienda ver el Capítulo IV en cuanto al Reglamento de Honorarios para la Práctica en el Libre Ejercicio de los Profesionales de la Enfermería, aprobado en Asamblea Nacional de la Federación de Colegios Profesio­nales de la Enfermería N° LXVI, el día dieciséis de marzo de 2016, en la Ciudad de Mérida, Estado Mérida. 

A continuación, el contenido del Tabulador:



Atte. Dr. Julio García
@julioporlavida


miércoles, 22 de marzo de 2023

Jubilaciones de Enfermería 2023 (Reflexiones, aclaraciones, y recomendaciones)

 

JUBILACIONES DE ENFERMERÍA 2023

Reflexiones, aclaraciones y recomendaciones ante el venidero proceso de Jubilación.

 


La Junta Directiva del Colegio de Enfermeras(os) del estado Carabobo, emite el presente comunicado especial en ocasión a la convocatoria a los profesionales de la enfermería adscritos a Ministerio del Popular para la Salud (MPPS), que laboran en las instituciones administradas por la Fundación Instituto Carabobeño para la Salud (INSALUD). En primer lugar, queremos FELICITAR a todos los colegas que han llegado a esta importante etapa de vida laboral, que supone logros, metas y respuestas por años en el sistema profesional y de la salud.

Queremos aprovecha estas líneas para generar unas reflexiones, aclaraciones y recomendaciones ante el venidero proceso de Jubilación.

¿Por qué salgo como PI y soy Enfermera II?

En cuanto a las recurrentes y múltiples inquietudes sobre los cargos de enfermeras I, II, II, IV, V, VI, y VII, y su relación con la nomenclatura TI, PI, PII, y PIII; recordemos que el manual de cargos y las clases de cargos de enfermería del Decreto 446 (Gaceta Oficial Nº. 35.605 de fecha 08 de diciembre de 1994), que reguló durante los años 1994 al 2008 la denominación del cargo de la Enfermería en Venezuela, pero a partir del año 2008 el decreto 6.055, inicio a regular las nuevas nomenclaturas, en el presente cuadro se evidencia gráficamente los cambios significativos de las denominaciones de cargos publicados, y que estos están ratificados por el MPPS  en el “Manual Descriptivo de Cargos de Carrera por Competencias del Sector Salud Series Asistenciales y Administrativas.



DECRETO 446: Año 1994 al 2008

A partir del 2008

Grado

Denominación de clase

Clases o Grupos de Cargos

15

ENFERMERA I

Enfermero Técnico I (TI)

Educación: TSU

15

ENFERMERA DE SALUD PÚBLICA I

16

ENFERMERA ESPECIALISTA I

Enfermero Técnico II (TII)

17

ENFERMERA II

Enfermero Profesional (IPI)

Educación

Profesional Universitario

17

ENFERMERA DE SALUD PÚBLICA II

18

ENFERMERA ESPECIALISTA II

19

ENFERMERA III

19

ENFERMERA DE SALUD PÚBLICA III

20

ENFERMERA ESPECIALISTA III

21

ENFERMERA IV

Enfermero Profesional II (PII)

Educación Profesional Universitario

21

ENFERMERA DE SALUD PÚBLICA IV

23

ENFERMERA V

23

ENFERMERA DE SALUD PÚBLICA V

24

ENFERMERA DE SALUD PÚBLICA VI

Enfermero Profesional III (PIII) Educación Profesional Universitario

25

ENFERMERA DE SALUD PÚBLICA VII

 

Es de notar que el Decreto 446 contemplaba en su contenido once (11) grados, del 15 al 25, con quince denominaciones desde la Enfermera I hasta la Enfermera de Salud Pública VII. Desafortunadamente y en detrimento al sistema de carrera aplanaron los pasos. Además, en los últimos 10 años desconocieron transgredieron los procesos de carrera, ascensos y concursos; es decir se violo la constitución con relación a los ascensos y la meritocracia. Eso lo podemos evidenciar, en que se mantiene por años la misma nominación de cargos.

¿Cuándo me pagan las prestaciones sociales?

Según el Art. 92 de la Constitución de la República  Bolivariana de Venezuela (CRBV):  “todos los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a prestaciones sociales que le recompensen la antigüedad en el servicio y los amparen en caso de cesantía. El salario y las prestaciones sociales son créditos laborales de exigibilidad inmediata(...).

El Art. 141 Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y Trabajadores (LOTTT): “Todos los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a prestaciones sociales que les recompensen la antigüedad en el servicio y los ampare en caso de cesantía. (...) Las prestaciones sociales son créditos laborales de exigibilidad inmediata. Toda mora en su pago genera intereses, los cuales constituyen deudas de valor y gozan de los mismos privilegios y garantías de la deuda principal”. Lo dispuesto en el Art. 142 literal f, “el pago de las prestaciones sociales se hará dentro de los cinco días siguiente de la relación laboral…”

Ante tan clara y tajante la normativa laboral, alertamos que el Gobierno de Venezuela ha realizado la segunda reconversión monetaria en el país en tres años y la tercera en lo que va de siglo. El alto índice inflacionario lleva años y es cotidiano, todo retraso genera pérdida patrimonial.

Colegas, fíjense que, desde el 01 octubre de 2021, han pasado cinco  trimestres, y  el gobierno no ha depositado las prestaciones sociales como establece la LOTTT (quince días cada trimestre), imagínense la deuda por intereses.

¿Por qué Jubilar en este momento?

Creemos que ante la lucha social, que está dando los trabajadores (Activos y Jubilados) en las calles, el Gobierno está obligado a dar respuestas cónsonas con los principios constitucionales de justicia social y entregar, distribuir a los trabajadores los beneficios de seguridad social. Es así que Jubilar actualmente,  vemos que es un acto previo al 1ro de mayo donde se aspiran anuncios; con ello, pierde el trabajador, y el Gobierno logra disminuir pagos y desmejorar drásticamente los ingresos por  prestaciones  a  los Jubilados.

¿El bono de Guerra Económica, debe estar en los conceptos de pagos?

Si, los $30 a pesar que es un pago de una plataforma distinta a la tradicional, esta se da con ocasión al trabajo. Cumple con la fórmula de ser regular y permanente  tal como lo establece la LOTTT, Art. 104 de la LOTTT. Es decir, debe ser exigible en el pago.

Colegas, el actual gobierno ha hecho cosas graves en contras de los Trabajadores y los Jubilados, siendo este uno de los sectores más vulnerables del país, ha prometido pagos a los Jubilados y no ha cumplido, un perverso engaño, nefasto que impacta en las condiciones de vida, salud e irrespeta la dignidad humana de los jubilados, además no ha cumplido con el régimen de prestaciones sociales de ley, ni en la oportunidad de pago, ni en desembolsos de adelantos. Es por ello, que debemos estar atentos a todas estas interrogantes, la organización y la unidad gremial en defensa de nuestros derechos es primordial.

Por ello, CUENTAN CON SU COLEGIO, para la lucha...

 

 

(Fdo)                                                                                             (Fdo)

PhD.C.s. Julio A. García C                                                     Lcda. Mayela Páez Presidente                                                                                                                                                           Secretaria

domingo, 8 de enero de 2023

Presentación 2023 . Libro: La Enfermería Venezolana: Compendio, Concepciones y Argumentos del ejercicio.

 

 PRESENTACIÓN   

La Enfermería es una profesión con un alto nivel de responsabilidad, en virtud de las características del trabajo que desempeña, lo que amerita la búsqueda permanente de conocimientos actualizados sobre principios y normas legales que regulan el ejercicio profesional, que constantemente presentan cambios importantes, sujetos a los roles profesionales de cada cargo. En tal sentido, se presenta el siguiente trabajo, el cual busca aportar en forma actualizada elementos normativos y jurídicos que fundamentan el ejercicio de esta carrera.

La presente bibliografía tiene una gran pertinencia, ya que va a cubrir vacíos existentes en el constante interés académico, para obtener información oportuna relacionada con este temario; además, resulta de importancia la revisión, consulta y asesoría permanente que amerita el profesional de enfermería, en el desarrollo de la práctica.

El texto “La Enfermería Venezolana: Compendio, Concepciones y Argumentos del ejercicio” es una recopilación y revisión documental bibliográfica retrospectiva del marco normativo legal existente en el ámbito nacional e inter nacional. El mismo tiene como objetivo proporcionar, de manera directa y oportuna, un referencial teórico para el ejercicio profesional.

Es importante mencionar la relevancia que el mismo tendrá, ya que se busca que el profesional de la enfermería utilice su contenido, no solo para la actualización de sus conocimientos, sino también lo que implica que se cumplan e implementen cada uno de los elementos, según los puntos que se presentan.

Los temas se presentan organizados por capítulos, con el propósito de ofrecer facilidad y comprensión de los contenidos; adicionalmente, se selecciona una serie de leyes, códigos, ordenanzas, gacetas oficiales, decretos, resoluciones, normativas, reglamentos, decisiones, estatutos, convenciones y jurisprudencias sobre situaciones más comunes de la práctica profesional de la enfermería.

Todas estos subtituladas y concordados para contribuir con la búsqueda, el análisis y la congruencia entre las normas legales existentes, para así afirmar que el aporte del presente texto mejorará las relaciones de la prestación del ser vicio en el profesional de la enfermería.

Para esta 2da edición del año 2023, se ha compilado y preparado todas las actualizaciones de los documentos recientes, que seguro brindara un excelente aporte tanto para lo publico y lo privado. Comprometido el autor con sus lectores del sistema de salud y enfermería, presenta esta obra con mucho entusiasmo y orgullo. 

CONTENIDO

Dedicatoria. 5

Agradecimiento. 5

Prólogo. 11

Presentación. 13

Fundamentación. 15

Abreviaturas utilizadas. 17

CAPITULO I: DEL EJERCICIO PROFESIONAL

Argumentación de la Ley del Ejercicio Profesional de la Enfermería. 21

Ley del Ejercicio Profesional de la Enfermería. 22

Código Deontológico del Consejo Internacional de Enfermería (CIE) para la profesión de enfermería. 27

Código Deontológico de los profesionales de enfermería de la República Bolivariana de Venezuela. 30

Ordenanza sobre condiciones de seguridad integral de los y las profesionales de la enfermería adscritos al Distrito Metropolitano de Caracas. 34

Ley del Estatuto de la Función Pública. 37

Ley Orgánica de Salud. 49

Lineamientos generales que definen la política del Estado Venezolano para la formación de Técnico Superior en la especialidad de enfermería. 57

Situación de la enfermería venezolana. Año 2022. 58

Práctica del libre ejercicio en enfermería en Venezuela. 61

Honorarios Mínimos (tabulador orientativo 2022) para profesionales de enfermería en el libre ejercicio. 63

CAPITULO II: CLASES DE CARGOS Y SALARIOS

Clasificación Internacional de Ocupaciones en la Organización Internacional del Trabajo (OIT) 67

Clases de cargos a partir del 2008 (decreto 6055 vs. decreto 446) conversión de cargo. 68

Manual descriptivo de clases de cargos de carrera. decreto nº 6.055, del 29 de abril de 2008. 69

Manual descriptivo de cargos de carrera por competencias para el sector salud series asistenciales y administrativas, enfermería 2020. 71

Norma Técnica de servicios de seguridad y salud en el trabajo. Competencias de enfermería (2016). 79

Clases De cargos del ministerio de sanidad y asistencia social, 1980. Resolución G-74. 80

Manual descriptivo de clases de cargos de la enfermería en Venezuela (1994) 81

Clases de cargos (1994 al 2008). 91

Sistema De remuneraciones de las funcionarias y funcionarios de la administración pública. 92

Resolución de la Federación de Colegios de Profesionales de Enfermería (salario mínimo enfermería) 92

CAPITULIO III: DE LAS CONDICIONES LABORALES (CONVENIOS COLECTIVOS)

Resolución G73, estabilidad de los profesionales de enfermería en servicio, 1979. 95

Ley aprobatoria del Convenio 149, sobre el empleo y condiciones de trabajo y de vida del personal de enfermería. 97

recomendación: R.157, sobre el empleo y condiciones de trabajo y de vida del personal de enfermería. 99

III Convención Colectiva de trabajo entre el Ministerio de Salud y Desarrollo Social y los Institutos Autónomos a el Adscritos y la Federación. 2003. 107

Convención Colectiva de Trabajo, Reunión Normativa Laboral para la Rama de Actividad del sector salud, con alcance nacional. 120

Convención Colectiva De Los Trabajadores Del Instituto Venezolano De Los Seguros Sociales IVSS (1992) 134

Contrato Colectivo Entre La Fundación Instituto Carabobeño Para La Salud (Insalud) Y El Colegio De Enfermeras(Os) Del Estado Carabobo. Año 2003. 144

Actas Convenios: Gobierno De Carabobo Y Colegio De Enfermeras(Os) Del Estado Carabobo (Creación De Cargos, HCM, Prima Post.Grado, Descanso Trimestral 15 Días, Días De Vacaciones, Prima De Responsabilidad. 154

Convención Colectiva de Trabajo entre el Instituto de Salud Pública del Estado Bolívar y los Colegios de Enfermería de Bolívar y Caroní 157

CAPITULO IV: ORGANIZACIONES DE ENFERMERÍA EN VENEZUELA: REGLAMENTOS Y NORMATIVAS

Estatutos de la Federación de Colegios de Profesionales de la Enfermería de la República Bolivariana de Venezuela. 168

Reglamento de los Colegios de Profesionales de la Enfermería en Venezuela. 179

Reglamento General de los Órganos Disciplinarios de la Federación de Colegios de Profesionales de Enfermería y de los Colegios de Enfermería en Venezuela. 192

Reglamento Electoral Nacional de los Profesionales de Enfermería en Venezuela. 202

Reglamento Guía de Honorarios para la Práctica en el Libre Ejercicio de los profesionales en Enfermería. 213

Reglamento para la realización de las actividades de la Educación Permanente en Enfermería (CIDEN) 1999. 217

Reglamento de Concurso para optar a Cargos y Ascensos de los Profesionales de Enfermería en Organismos de la Administración pública y privada, Institutos Autónomos y Empresas de la República Bolivariana De Venezuela. 220

Estatutos de la Fundación Instituto de Previsión Social de la Enfermera-Enfermero. Inprenfermera. 227

Reglamentación de los Programas Básicos Inprenfermera. 235

Estatutos de la Asociación Venezolana de Educación Superior en Enfermería (Asovese) 237

Estatutos de la Asociación de Enfermeras(os) Jubilados y Pensionados de Venezuela (Aenjuve) 243

CAPITULO V: DECISIONES Y JURISPRUDENCIAS

Caso N°1. Demanda de daños morales “por lesiones físicas” causadas por médicos y enfermeras. 255.

Caso N° 2. Absueltas Enfermeras imputadas por Lesiones Culposas, previsto y sancionado en el artículo 420 numeral 2 del Código Penal venezolano. 2011. 255

Caso N° 3. Demanda por cobro de beneficios de Contratación Colectiva y Prestaciones Sociales a la Fundación Misión Barrio Adentro y el MPPS. 2011.

Caso N° 4. Condenada Enfermera por delito “Homicidio Culposo” y absuelven a otra Enfermera y Médico. 2006. 257

Caso N° 5. Destitución al Cargo de Enfermero (Hemoterapista) por no cumplir con el procedimiento correcto al no tomar directamente la muestra de sangre. 2007. 258

Caso N° 6. Condenada Enfermera por Hurto Agravado de medicamentos en lugar hospitalario. 2006.

Caso N° 7. Condena a Enfermera por el Delito de Homicidio Culposo a causa de Sépsis Abdominal originada por compresas. 2002

Caso N° 8. Condenado Enfermero y Médico Anestesiólogo por “Lesiones personales culposas gravísimas”, por la incorrecta administración de medicamento. 2010.

Caso N° 9. Ilegal anulación de una plancha de Enfermeros para participar en elecciones gremiales. 2010. 262

CASO N° 10. Interpretación del Art. 27, Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional, de los Estados y de los Municipios. 2006.

Caso N° 11. Decisión que ordena asumir a las nuevas autoridades de la Federación de Colegios de Profesionales de Enfermería de la República Bolivariana de Venezuela (Vicios de la Comisión Electoral Nacional). 2013.

CAPITULO VI: APÉNDICES

APÉNDICE A: Guía de Gacetas Oficiales.

APÉNDICE B: Himno de las Enfermeras(os) en Venezuela.

APÉNDICE C: Juramento de la Enfermera(o).

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.. 274

REFERENCIAS DE DECISIONES Y JURISPRUDENCIAS. 275

ÍNDICE ANALÍTICO 275