CÓDIGO DEONTOLÓGICO DEL CONSEJO INTERNACIONAL DE ENFERMERÍA CIE PARA LA
PROFESIÓN DE ENFERMERÍA
Adoptada por primera vez el Código internacional de
ética para enfermeras en el año 1953. Después se ha revisado y reafirmado en diversas
ocasiones, la más reciente es este examen y revisión completados en 2012.
Preámbulo
Las enfermeras tienen cuatro deberes fundamentales:
promover la salud, prevenir la enfermedad, restaurar la salud y aliviar el
sufrimiento. La necesidad de la enfermería es universal.
Son inherentes a la enfermería el respeto de los
derechos humanos, incluidos los derechos culturales, el derecho a la vida y a
la libre elección, a la dignidad y a ser tratado con respeto. Los cuidados de
enfermería respetan y no discriminan según consideraciones de edad, color,
credo, cultura, discapacidad o enfermedad, género, orientación sexual,
nacionalidad, opiniones políticas, raza o condición social.
Las enfermeras prestan servicios de salud a la
persona, la familia y la comunidad y coordinan sus servicios con los de otros
grupos relacionados.
EL CÓDIGO DEL CIE
El Código Deontológico del CIE para la profesión de
enfermería, tiene cuatro elementos principales que ponen de relieve las normas
de conducta ética.
Elementos del Código
1. La enfermera y las personas:
La responsabilidad profesional primordial de la
enfermera será para con las personas que necesiten cuidados de enfermería.
Al dispensar los cuidados, la enfermera promoverá un
entorno en el que se respeten los derechos humanos, valores, costumbres y
creencias espirituales de la persona, la familia y la comunidad.
La enfermera se cerciorará de que la persona reciba
información precisa, suficiente y oportuna, de manera culturalmente adecuada,
en la cual fundamentará el consentimiento de los cuidados y el tratamiento
correspondiente.
La enfermera mantendrá confidencial toda información
personal y utilizará la discreción al compartirla.
La enfermera compartirá con la sociedad la
responsabilidad de iniciar y mantener toda acción encaminada a satisfacer las necesidades
de salud y sociales del público, en particular las de las poblaciones
vulnerables.
La enfermera defenderá la equidad y la justicia
social en la distribución de los recursos, en el acceso a los cuidados de salud
y en los demás servicios sociales y económicos.
La enfermera demostrará valores profesionales tales
como el respeto, la disponibilidad, la compasión, la confianza y la integridad.
2. La enfermera y la práctica
La enfermera será personalmente responsable y deberá
rendir cuentas de la práctica de enfermería y del mantenimiento de su competencia
mediante la formación continua.
La enfermera mantendrá un nivel de salud personal
que no compro-meta su capacidad para dispensar cuidados.
La enfermera juzgará la competencia de las personas
al aceptar y delegar responsabilidad.
La enfermera observará en todo momento normas de
conducta personal que honren a la profesión y fomenten su imagen y la confianza
del público.
Al dispensar los cuidados, la enfermera se
cerciorará de que el empleo de la tecnología y los avances científicos son
compatibles con la seguridad, la dignidad y los derechos de las personas.
La enfermera tratará de fomentar y mantener una
cultura de la práctica profesional que favorezca el comportamiento ético y el diálogo
abierto.
3. La enfermera y la profesión
A la enfermera incumbirá la función principal al
establecer y aplicar normas aceptables de práctica clínica, gestión,
investigación y formación de enfermería.
La enfermera contribuirá activamente al desarrollo
de un núcleo de conocimientos profesionales basados en la investigación, que favorezca
la práctica basada en pruebas.
La enfermera participará en el desarrollo y en el
sostenimiento de un conjunto de valores profesionales.
La enfermera, actuando a través de la organización
profesional, participará en la creación de un entorno favorable de la práctica y
en el mantenimiento de condiciones de trabajo en la enfermería que sean
seguras, equitativas social y económicamente.
La enfermera ejercerá su profesión para sostener y
proteger el entorno natural y será consciente de las consecuencias que ello
tiene para la salud.
La enfermera contribuirá a crear un entorno ético de
la organización y se opondrá a las prácticas y a los contextos no éticos.
4. La enfermera y sus compañeros de
trabajo
La enfermera mantendrá una relación respetuosa de
cooperación con las personas con las que trabaje en la enfermería y en otros
sectores.
La enfermera adoptará las medidas adecuadas para
preservar a las personas, familias y comunidades cuando un compañero u otra
persona pongan en peligro su salud.
La enfermera actuará adecuadamente para prestar
apoyo y orientar a las personas con las que trabaja, para fortalecer el comportamiento
ético.
Sugerencias para el uso del Código Deontológico
del CIE
El Código deontológico del CIE para la profesión de
enfermería es una guía para actuar sobre la base de los valores y necesidades
sociales. Sólo tendrá significado como documento vivo si se aplica a las
realidades de la enfermería y de la atención de salud en una sociedad
cambiante.
Para lograr su finalidad, el Código ha de ser
comprendido, asimilado y utilizado por las enfermeras en todos los aspectos de
su trabajo. Debe permanecer al alcance de los estudiantes y las enfermeras a lo
largo de sus estudios y de su vida de trabajo.
Aplicación de los elementos del Código Deontológico
del CIE
El Código deontológico del CIE para la profesión de
enfermería tiene cuatro elementos que constituyen el marco de las normas de
conducta: la enfermera y las personas, la enfermera y la práctica, la enfermera
y la profesión y la enfermera y sus compañeros de trabajo. El cuadro siguiente
tiene por objeto ayudar a las enfermeras a poner en práctica dichas normas.
Las enfermeras y estudiantes de
enfermería pueden:
Estudiar las normas de cada elemento del Código.
Reflexionar sobre lo que cada norma significa para
cada uno. Pensar cómo puede aplicarse la ética en el ámbito de la enferme-ría
propio: en la práctica, en la formación, en la investigación o en la gestión.
Dialogar sobre el Código con los compañeros de
trabajo y otras personas.
Utilizar un ejemplo concreto de la experiencia para
identificar los dilemas éticos y las normas de conducta estipuladas en el
Código. Identificar la manera en que pueden resolverse esos dilemas.
Trabajar en grupos para que la toma de decisiones
éticas sea clara, y llegar a consenso sobre las normas de conducta ética.
Colaborar con la asociación nacional de enfermeras
del país, compañeros de trabajo y otras personas para aplicar de manera
continua las normas éticas en la práctica, la formación, la gestión y la
investigación de enfermería.
Elemento del Código 1: LA
ENFERMERA Y LAS PERSONAS
|
||
Enfermeras en ejercicio y
gestoras
|
Docentes e investigadoras
|
Asociaciones nacionales
de enfermeras
|
· Dispensar cuidados que respeten los derechos
humanos y sean sensibles a los valores, costumbres y creencias de los pueblos.
|
· Incluir en el plan de estudios referencias a
los derechos humanos, la equidad, la justicia y la solidaridad como base para
acceder a los cuidados.
|
· Elaborar declaraciones de posición y
directrices que favorezcan los derechos humanos y las normas éticas.
|
· Impartir formación continua en las cuestiones y
dilemas éticos.
|
· Brindar oportunidades de enseñar y aprender
acerca de las cuestiones éticas y la adopción de decisiones.
|
· Influir a favor de la participación de las
enfermeras en comités de examen ético.
|
· Dar una información suficiente que permita el
consentimiento fundamen-tado y el derecho a elegir o rechazar el tratamiento.
|
· Brindar oportunidades de enseñar y aprender en
relación con el consentimiento fundamentado, la privacidad, la beneficiencia
y la maleficiencia.
|
· Facilitar directrices, declaraciones de
posición, documentación pertinente y formación continua sobre el consentimiento
fundamentado para los cuidados de enfermería y médicos.
|
· Emplear sistemas de registro y de gestión de la
información que aseguren la confidencialidad.
|
· Introducir los conceptos de de valores
profesionales en el plan de estudios.
|
· Incorporar cuestiones de confidencialidad e
intimidad personal en un código nacional de ética para enfermeras.
|
· Desarrollar y vigilar la seguridad
medioambiental en el lugar de trabajo.
|
· Sensibilizar a los estudiantes sobre la
importancia de la acción social en los problemas actuales.
|
· Abogar a favor de un medioambiente sano y
seguro.
|
Elemento del Código 2: LA ENFERMERA Y LA PRÁCTICA
|
||
Enfermeras
en ejercicio y gestoras
|
Docentes
e investigadoras
|
Asociaciones
nacionales de enfermeras
|
· Establecer normas de
atención de salud y un contexto de trabajo que fomente la calidad de los
cuidados.
|
· Facilitar oportunidades
de formación / aprendizaje que fomenten la preparación y la competencia para
el ejercicio de la profesión a lo largo de la vida.
|
· Dar acceso a una
formación continua mediante publicaciones, conferencias, formación a distancia,
etc.
|
· Establecer sistemas de
evaluación profesional, formación continua y renovación sistemática de la
autorización para ejercer.
|
· Realizar y difundir
investigaciones que muestren los vínculos entre el aprendizaje continuo y
la competencia para la práctica.
|
· Influir para conseguir
oportunidades de formación continua y normas de calidad de los cuidados.
|
· Vigilar y fomentar la
buena salud individual del personal de enfermería en relación con su
competencia para la práctica de la profesión.
|
· Fomentar la importancia
de la salud individual y poner de relieve su relación con otros valores.
|
· Fomentar estilos de
vida sanos para los profesionales de enfermería. Influir a favor de lugares
de trabajo saludables y servicios para las enfermeras.
|
Elemento del Código 3: LA ENFERMERA Y LA
PROFESIÓN
|
||
Enfermeras en ejercicio y
gestoras
|
Docentes e investigadoras
|
Asociaciones nacionales
de enfermeras
|
· Fijar normas para la práctica, investigación,
formación y gestión de enfermería.
|
· Proporcionar oportunidades de enseñanza y
aprendizaje en fijación de normas para la práctica, investigación, formación
y gestión de enfermería.
|
· Colaborar con otros para fijar normas para la formación,
práctica, investigación, y gestión de enfermería.
|
· Fomentar el apoyo en el lugar del trabajo a la
realización, difusión y utilización de la investigación relacionada con la
enfermería y la salud.
|
· Dirigir, difundir y utilizar la investigación
para impulsar la profesión de enfermería.
|
· Elaborar declaraciones de posición,
directrices y normas relacionadas con la investigación de enfermería.
|
· Fomentar la participación en las asociaciones
nacionales de enfermeras para crear condiciones económicas y sociales
favorables para las enfermeras.
|
· Sensibilizar a los que aprenden sobre la importancia
de las asociaciones profesionales de enfermería.
|
· Ejercer influencia para conseguir condiciones
de trabajo, sociales y económicas equitativas para la enfermería. Elaborar
declaraciones de posición, directrices sobre problemas del lugar de trabajo.
|
Elemento del Código 4: LA ENFERMERA Y SUS
COMPAÑEROS DE TRABAJO
|
||
Enfermeras en ejercicio y
gestoras
|
Docentes e investigadoras
|
Asociaciones nacionales
de enfermeras
|
· Crear conciencia de las funciones específicas
y de aquellas que se superponen, de las posibles tensiones
interdisciplinarias, además de crear estrategias para gestión de conflictos.
|
· Desarrollar la comprensión de las funciones de
los demás trabajadores.
|
· Estimular la cooperación con otras disciplinas
relacionadas.
|
· Desarrollar en el lugar de trabajo sistemas
que favorezcan valores y comportamientos profesionales éticos comunes.
|
· Difundir la ética de la enfermería a otras
profesiones.
|
· Desarrollar la conciencia de los problemas
éticos de otras profesiones.
|
· Desarrollar mecanismos para proteger a la
persona, la familia o la comunidad cuando el personal de atención de salud
ponga en peligro los cuidados que ellas reciben.
|
· Inculcar en los que aprenden la necesidad de
proteger a la persona, la familia o la comunidad cuando el personal de
atención de salud ponga en peligro los cuidados que ellas reciben.
|
· Facilitar directrices, declaraciones de
posición y foros de debate sobre la protección de las personas cuando el
personal de atención de salud ponga en peligro los cuidados que ellas reciben.
|
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