domingo, 6 de marzo de 2022

Contrato de prestaciones de servicios de salud (enfermería) para atenciones de pacientes Covid-19 y otros.

Estimado ¡Colega! a continuación te presento un modelo de CONTRATO DE SERVICIOS para la atención de pacientes COVID-19, este puede ser ajustados a otros tipos de contratos a usuarios (ver observaciones); este recoge los elementos existenciales y partes que integra un contrato.



Te pude interesar la conferencia CLICK AQUÍ Implicaciones legales en el hogar CLICK AQUÍ donde se desarrolla cada uno los elementos del contrato de trabajo de trabajo para el libre ejercicio.


CONTRATO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS DE SALUD PARA ATENCIONES DE PACIENTES COVID-19.

 

En Valencia, a los 19 días del mes de abril del 2021, entre XXXXX Rif.: J-XXXXXX (Si no es empresa omitir y colocar la persona natural) representada en este acto por XXXXXX XXXXXXXXX , titular de la cédula de identidad XX.XXX.XXX, con registro ante el MPPS (Nro), quien en adelante se denominará por una parte la “PRESTADORA”, y por la otra parte XXXXXX XXXXXXX, titular de la cédula de identidad   C.I.: XX.XXX.XXX, quien en adelante se denominará el “CLIENTE”; han convenido celebrar el siguiente CONTRATO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS DE SALUD PARA ATENCIÓN DE PACIENTES COVID-19.

PRIMERO: CONSIDERACIONES PREVIAS

La “PRESTADORA” se compromete a la prestación de servicios de salud de calificada para los servicios de enfermería. Que el “CLIENTE” desea contar con los servicios se salud de la PRESTADORA. Que, con el fin de llegar a un convenimiento, las PARTES han negociado y acordado un pago y una propuesta de actividades que incluye servicios de salud a domicilio.  Que las partes expresan libremente y espontáneamente comprometerse a la prestación de servicios solicitados por el CLIENTE; teniéndose los elementos existenciales y de validez que configuran el contrato, este se rige por las siguientes:

SEGUNDO: PRESTACIONES POR ATENCIONES AMBULATORIAS

Durante la vigencia del presente contrato, la PRESTADORA otorgaran servicios de enfermería para los tratamientos de la enfermedad de la Covid-19, que se diagnostique por clínica sugestiva o paraclínico por el personal médico especializado. La obligación de proporcionar dichas prestaciones comienza desde el momento que el CLIENTE comunique por escrito a la PRESTADORA. Las prestaciones se darán en el hogar de la persona enferma de acuerdo a las disponibilidades operativas y las prescripciones del médico tratante. La prestación del servicio se llevara en el domicilio del beneficiario, de dirección: xxxxxx xxxxxx .

TERCERO: OBLIGACIONES DE LA PRESTADORA

La PRESTADORA se compromete a prestar servicios de forma diligente, velando por el interés, bienestar, derechos, principios éticos y morales de la práctica médica y del cuidado. El equipo de salud proporcionado por la PRESTADORA seleccionará los materiales necesarios, y prepara actividades adecuadas y colaborativas entre otros profesionales del equipo de salud (médicos, enfermeras y otros). El CLIENTE reconoce haber recibido información suficiente y necesaria de la PRESTADORA sobre las características esenciales del servicio, sobre como y que condiciones se prestan el servicio, y riesgos que implican la atención. La PRESTADORA se compromete en informar cualquier incidencia que pueda surgir en el desarrollo de la prestación del servicio. La PRESTADORA se compromete a que las personas empleadas y calificadas adscritas de la prestación del servicio tengan la debida cuantificación y experiencia para el uso de los materiales utilizados.

CUARTO: OBLIGACIONES DEL CLIENTE

EL CLIENTE se compromete informar y facilitar oportunamente de datos y pruebas relevantes para la correcta prestación del servicio. El CLIENTE se compromete a suministrar todos los materiales médicos quirúrgicas, medicamentos, pruebas especiales, y cualquier tratamiento médico que se amerite para la prestación del servicio. El CONTRATATE se compromete a garantizar un espacio acorde, ventilado, limpio y seguro para la prestación del servicio.  

QUINTO: ACTIVIDADES INCLUIDAS Y EXCLUIDAS

En cuanto al objeto de la ayuda a domicilio, esta podrá incluir todas aquellas actividades necesarias para el cuidado y tratamiento de la(s) persona(s) objeto del contrato. No incluyen actividades tales como: La realización de la compra o de recados, la limpieza de la vivienda, la realización de la comida, el acompañamiento para la realización de ejercicio físico o paseos, la ayuda para el cuidado de mascotas de la persona con problemas de movilidad.

SEXTO: SOBRE EL PAGO

Las PARTES acuerdan el pago de DOSCIENTOS DÓLARES AMERICANOS ($200) diarios, comprometiéndose el CLIENTE del pago acordado a favor de la PRESTADORA como remuneración de la prestación del servicio, esto sin incluir los impuestos que pudieran derivarse. El pago se realizará por adelantado correspondiente de los siete días de prestación de servicio y en efectivo (acordar con el CLIENTE).

SEPTIMO: REGIMEN DE RESPONSABILIDAD

Incurrirán en responsabilidad cualquieras de la PARTES que actúe de manera culposa o negligente en el cumplimiento establecido en el presente contrato, y ocasionare daños o perjuicios a la otra parte. Ninguna de la PARTES podrá ser considerada responsable de un retraso, defecto o error en la prestación del servicio cuando esto sea debido u ocasionado por una causa de fuerza mayor. Las PARTES están obligadas a notificar a la otra parte cuando tenga conocimiento de que una causa de esta naturaleza ha ocurrido y afectara a la correcta ejecución de sus obligaciones.

OCTAVO: VIGENCIA DEL CONTRATO

El presente contrato tendrá una vigencia de un mes. Las partes acordar en cualquier momento y por mutuo acuerdo, modificar o cambiar las fechas de la prestación del servicio.

NOVENO: CANCELACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO

Las PARTES acuerda que en cualquier momento y de mutuo acuerdo, podrán modificar o extinguir el presente contrato. Las PARTES acuerdan cancelar el servicio o cambiar de forma puntual su horario en caso que las circunstancias de salud lo justifiquen, y siempre que se notifique con antelación para evitar perjuicios a la otra parte.

DECIMO: CAUSAS DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO

Será causa de resolución de contrato cuando la PRESTADORA deje de prestar servicio de forma parcial o total. Se entenderá que la PRESTADORA ha dejado de prestar el servicio cuando no desarrolla la actividad regular o con lo medio necesarios o adecuados. La falta de pago del servicio por parte del CLIENTE dará derecho a la PRESTADORA a rescindir el contrato si lo estimara oportuno a proceder a su reclamación conforme a ley. Asimismo, se podrá resolver el contrato por voluntad de las PARTES, siempre que una de la parte que así lo desee lo notifique su voluntad a la otra parte por escrito con una antelación de por lo menos de 15 días. En este ultimo supuesto, cuando se resuelva el contrato por voluntad del CLIENTE, este deberá pagar a la PRESTADORA toda deuda pendiente de la vigencia del contrato y factura no pagada de la prestación del servicio. Igualmente, cuando se resuelva el contrato por voluntad de la PRESTADORA, este deberá facilitar al CLIENTE todo documento, elemento, material que hubiese con ocasión a la presentación del servicio.

DECIMO PRIMERO: DISPOSICIONES FINALES

En virtud de lo supra establecido las PARTES ratifican conocer en su totalidad el contrato, manifiestan obligarse por sus términos y condiciones, constituyendo el completo y el total acuerdo de las PARTES. Establecen las PARTES que el domicilio para dilucidar cualquier conflicto extrajudicial y judicial será en domicilio de la ciudad de Valencia del estado Carabobo, y en prueba de conformidad, las PARTES firman el presente contrato en todas sus hojas, y se elabora dos ejemplares. Firmado a los 20 días del me de abril del 2021.

 

POR EL CLIENTE

 

POR LA PRESTADORA

 

Otras observaciones del contrato

 

1.    Determinar la identificación de la otra parte.

2. Diferenciar entre contrato de persona natural a persona natural, empresa a empresa; y contrato de empresa y persona natural.

3.    Nombres alternativos para este documento: Contrato de ayuda a domicilio para el cuidado de ancianos, Contrato de asistencia a domicilio, Contrato de ayuda a domicilio para el cuidado de personas mayores, Contrato de ayuda a domicilio para el cuidado de discapacitados, Contrato de ayuda a domicilio para el cuidado de enfermos

4.    Se puede incluir un anexo al contrato que amplíe y desglose las actividades profesionales de enfermería.


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jueves, 3 de marzo de 2022

Gremio de enfermeros se mantienen en "protesta" pese anuncio de Maduro

Enfermeros no bajaremos la guardia pese el anuncio de Nicolas Maduro sobre el ajuste salarial de medio Petro. Sigue la misma lógica, todo se impone, no se dialoga, unos protestamos y exigimos, y otros se entregan a patrono gobierno; aparece un ajuste sin garantía y respeto de los acuerdos vía contrato colectivos.

En el 2018 ocurrió la mismo, el presidente Maduro anunció que el “salario mínimo es el equivalente a medio Petro, es decir 1800 Bolívares Soberanos”; y lo que decreto fue un fraude y la muerte del salario; además, sin control real de la inflación, todo será sal y agua; estos antecedentes causan desconfianza.

¡Es claro! Este anuncio se da por la presión sociolaboral ejercida. Por ello, es importante que la fuerza laboral no baje la guardia, se mantenga con mayor contundencia las exigencias y protestas reivindicativas por un salario real suficiente acorde a la canasta básica, se exija vías legitimas de tripartismo y respeto a la representatividad para los acuerdos con el patrono gobierno, discusión inmediata de las convenciones colectivas, revivir las prestaciones sociales y el ahorro como vía de incentivos laborales.

Desde el gremio ratificamos, nuestras protestas para el mes de marzo; el 08 apoyo a las mujeres de trabajadoras, el 09 apoyo a los jubilados y el 16 la protesta por el salario y la dignidad.



miércoles, 2 de marzo de 2022

Acta de la "1ra Convención Nacional de Enfermería" (24 Feb.)

Hoy, 24 de febrero del 2022, reunidos en la sede del Colegio de Enfermeras(os) del estado Carabobo;  nosotros: Sonia Sosa (Secretaria de asuntos Internacionales de la FCPERBV), Chiquinquira Diaz (presidenta del Tribunal Disciplinario Nacional de la FCPRBV), Andy Aguiar (secretaria de la Comisión Electoral de la FCPERBV), Emperatriz Andrade (Inprenfermera Nacional), Julio García (presidente Col. Enfermería Carabobo), José Cerrada (presidente Col. Enfermería Miranda), Petra Malavé (Presidente Col. Enfermería Guárico), Ana Medina (Presidente Col. Enfermería Costa Oriental), Yonis Vargas (presidente Col. Enfermería Pto. Cabello), Dorka González (presidente Col. Enfermería La Victoria), Camilo Torres (vicepresidente Col. Enfermería de Bolívar), Milenys Soto (Sec. Col. Enfermería del Zulia), José Ramírez (Tes. Col. Enfermería de Falcón), Luis Pérez (vicepresidente Col. Enfermería Barinas), Doris Quintana (Delegada Nacional FCPERBV Aragua), Quintín González (vicepresidente Col. Enfermería de Guárico), Nelson López (delegado nacional de FCPERBV); todos directivos de los órganos de la Federación y de los Colegios de Profesionales de la Enfermería de la República Bolivariana de Venezuela, reunidos de forma participativa y democrática conforme al artículo 70 de la Constitución Nacional en la 1ra Convención Nacional de Enfermería de Venezuela, con el firme propósito de buscar acuerdos ante la problemática de organización y dinámica  de la FCPERBV; y la lucha socio económica y laboral de los profesionales de la enfermería del país; nos encontramos para tratar los siguiente puntos; 1) Reinstitucionalización de la FCPERBV; y 2) Plan de lucha nacional por el salario

En este sentido se apertura la convención con la bienvenida de los 237 profesionales de enfermería presente y los invitados nacionales de los diferentes estados, cantándose el himno nacional, himno de la enfermera, con silencio por un minuto en homenaje póstumo al presidente del Colegio de Enfermeros de Pto. Cabello Carlos Mujica, y por todos los enfermeros caídos en pandemia, y concediendo el derecho de palabra de directivos nacionales y los presentes. 

Discutidos y analizados los puntos se acuerda: Sobre el primer punto Reinstitucionalización de la FCPERBV; se acuerda

1) Ratificar la solicitud del concejo de la FCPERBV para el 24 de marzo de 2022, acordada de forma multimodal (presencial y on line) dada en reunión vía zoom de 07 de febrero de 2022, para ello el mayor compromiso en participar y ratificar por escrito la solicitud. Sobre el segundo punto del Plan de lucha nacional por el salario; se acuerda: 

2) Respaldar y participar contundentemente en las convocatorias de protestas nacionales reivindicativas, siguientes: a) Actividades del día de la mujer para el 08 marzo de 2022, b) Convocatoria en respaldo de los jubilados para el 09 de marzo de 2022, c) Protesta Nacional por el salario y la dignidad del trabajador para el 16 de marzo de 2022. En relación a los problemas de condiciones laborales, violencia psicosocial y laboral, intimidación, acosos y otras violaciones de DDHH, se acuerda: 

3) Crear una comisión nacional de derechos humanos de profesionales de enfermería para documentar y denunciar las violaciones de derechos humanos ante organismos nacionales e internacionales competentes; 

4) Se acuerda enviar esta acta a los órganos de Federación y de los Colegios para que se considere como vinculante en los propósitos supra señalados. 

Siendo la 1pm se termina la convención.























jueves, 10 de febrero de 2022

Enfermeros de Venezuela se concentran en la "1ra Convención Nacional de Enfermería"

La base y dirigencia de los enfermeros del país buscan espacios para la el diálogo y los acuerdos; en este momento en gremio atraviesa una crisis institucional en la máxima casa representación del país como es la Federación de Colegio de Profesionales de Enfermería de la República Bolivariana de Venezuela (FCPERBV), esto ha generado un caos en las vías naturales para las grandes políticas y acuerdos nacionales; por ello, un grupo de lideres del país han adelantado acercamientos para encontrar espacios y vías de resolución de esos conflictos y lucha. Inscripciones AQUÍ

Por ello, nace la primera Convención Nacional de Enfermería, esta da la apertura democrática para quienes puedan y deseen participar, este evento, aspira reunir por lo menos doce estados del país, y a más de 200 enfermeros; su primera agenda será: la Reinstitucionalización FCPERBV y el Plan nacional de lucha por el salario.

Este será un gran encuentro nacional de líderes de enfermería, rumbo a la institucionalidad y renovación del liderazgo. La actividad se llevará a cabo este próximo 24 de febrero 2022 en la sede del Colegio de Enfermeros del estado Carabobo.

Desde Carabobo, extienden la invitación, y abre su espacios a todos los profesionales de enfermería comprometido por el país, la salud, la vida y por un gremio mejor. Te esperamos…

Inscripciones AQUÍ





jueves, 6 de enero de 2022

Informe nacional sobre condiciones laborales de los trabajadores de la salud, adscritos al sistema público de salud en Venezuela (Octubre 2021)


Dr. Julio García / Dr. Héctor Lucena / Prof. José Gregorio Afonso / Pablo Zambrano

El gobierno ha dejado de informar lo que ocurre en el ámbito de la salud, no hay estadísticas oficiales confiables y se persigue a quienes denuncien la grave crisis que viven las entidades prestadoras de servicios, como hospitales y ambulatorios. En ese contexto y con especial énfasis, para documentar y denunciar la violación de derechos humanos laborales en el sector salud, se inscriben los esfuerzos de del Monitor Sindical de Venezuela.

I. Jornada laboral y suficiencia de personal

El gobierno no hace nada para mejorar las condiciones laborales de los trabajadores y reducir el déficit de personal en los centros de salud del país. Su inacción, afecta el derecho a la salud de la población, al tiempo que, genera la sobrecarga del personal que logra asistir, dado que la demanda social de atención no disminuye, al contrario, con la pandemia, se ha incrementado.

La asistencia del personal a los centros de salud, al igual que en el mes de septiembre, resultó incompleta en todos sus turnos en el mes de octubre. Esto ocurre en casi todos los centros:

a)    El 83% de los centros de salud reportan asistencia incompleta en el área de emergencia; el 78% en la de aislamiento y 88% en la de hospitalización.

b)    Menos de un tercio de los centros de salud monitoreados cuentan con la asistencia completa de su personal por turnos. En la tarde (28%), la noche (28%), y los domingos y días feriados (27%), mientras que en el turno de la mañana (43%) esta cifra no alcanza la mitad de estas instituciones.

c)    Las dificultades que viven los trabajadores para asistir a sus centros de trabajo, además de diversas carencias que precarizan el ambiente de trabajo y el ejercicio de las profesiones que ahí se requieren, producen la desprofesionalización de la atención en los centros de salud. En la ausencia del médico: En el 33% de los centros monitoreados, los pacientes son atendidos por personal sin competencias, en el 32% por un familiar, en el 32% no son atendidos y un 3% es atendido por personal con competencias. En ausencia del personal de enfermería: En el 33% de los centros monitoreados, los pacientes son atendidos por personal sin competencias, 20% por un familiar, el 32% no son atendidos y en un 15% es atendido por personal con competencias.

d)    En el 81% de los centros monitoreados, los trabajadores identifican a las limitaciones de transporte público (35%) y la falta de efectivo (46%) como las principales causas que limitan la asistencia del personal.

II. Verificación de beneficios establecidos en las convenciones colectivas

 

a)    En octubre, en relación con septiembre, se incrementó el total de centros de salud en los cuales los trabajadores no reciben incentivos laborales de ningún tipo. Del 53% reportado en septiembre. Éstos pasan en octubre a un 65%, es decir, de la mitad a dos tercios.

b)    En octubre, los incentivos para el personal de primera línea de la Covid-19 es un aspecto que muestra una un pequeño incremento, aunque aún esté distante de alcanzar un estado óptimo. El total de centros de salud, en los cuales este personal recibe beneficios adicionales por su labor creció de 36% en septiembre a 52% en octubre. Esto pudo ser una respuesta la autoridades a la denuncia, hecha por dirigentes sindicales, sobre la existencia de incentivos otorgados discrecionalmente a personal de las áreas de atención de la Covid-19 en algunos centros de salud.

c)    Los tipos de incentivos adicionales que reciben el personal de primera línea de la Covid-19 son: En bolívares (33%) y en dólares (21%). El resto bolsas CLAP (24%), EPP (6%) y en un 15% identificaron otros. Esta desigualdad junto al 48% de centros que no reciben incentivos adicionales, obliga a recordar que existen disposiciones jurídicas nacionales e internacionales dentro y fuera del mundo laboral, que condenan la existencia de prácticas discriminatorias. Ninguna situación excepcional, como es el caso de la pandemia por Covid-19, las legitiman.

d)    En el 82% de los centros monitoreados en octubre, se mantiene el incumplimiento generalizado del Estado venezolano de acuerdos contractuales y/o deudas pendientes. Los compromisos laborales violados por el empleador son, mayoritariamente, la dotación de uniformes (47%) y lo relativo a la asignación de vacaciones (42%). En algunos centros (67%) son varios los incumplimientos y/o deudas pendientes con los trabajadores. Por ejemplo, al tiempo que el empleador no dota a los trabajadores de uniformes, les incumple con lo establecido para la asignación de vacaciones.


III. Riesgos laborales

 

a)    El 88% de los centros encuestados, los trabajadores no contaron con agua potable para beber, condición que establecen los convenios colectivos.

b)    En octubre, en relación con septiembre, hay un aumento en el número de centros de salud en los cuales el personal recibió capacitación sobre medidas de protección pasando de 32% a 45%. Sin embargo, aún más de la mitad (55%), contrariamente a lo indicado por la OIT y la OMS, no la ha recibido. La capacitación protege el derecho fundamental a la vida y es clave para mantener ambientes de trabajo seguro y saludable. Debe ser permanente.

c)    Continua en octubre en los centros de salud del país, el incumplimiento de  la resolución 090 de la Gaceta Oficial 41.891 MPPS, normativa sanitaria de responsabilidad social ante la pandemia Covid-19, Menos de la mitad (48%) de los centros de salud encuestados cumple con el aislamiento del personal mayor de 65 años y un tercio de ellos (35%) no aísla a su personal con fines preventivos, tal como lo establece la resolución 090 del MPPS.

d)    De septiembre a octubre, creció del 88 al 93% el porcentaje de centros monitoreados que no cuentan con la supervisión y procedimientos regulares orientados a brindar seguridad laboral y prevención de enfermedades. En ellos no existe control y vigilancia epidemiológica

e)    En el 85% de los centros encuestados no se garantizan las pruebas diagnósticas para Covid-19, es decir, al personal más expuesto en medio de la pandemia, el Estado venezolano no le garantiza las pruebas que permiten, el tratamiento y aislamiento oportuno.

f)     En el 92% de los centros encuestados, el Estado no garantiza el tratamiento del personal de salud que es diagnosticado positivo a la Covid-19. Las precarias condiciones de trabajo unidas a la ausencia de apoyo institucional para la realización de pruebas oportunas para diagnosticar la Covid-19 y para encarar su tratamiento, son factores muy importantes para explicarse la alta tasa de contagios[1] y mortalidad[2] por esta enfermedad del personal de la salud.

g)    El acoso y hostigamiento laboral es una práctica extendida y sistemática de las autoridades sanitarias que ejercen el rol de patrón en los centros monitoreados, al no ser prácticas aisladas ni coyunturales muestran que son una política de Estado. En el 70% de los centros, los trabajadores reciben amenazas de despido; en el 58% se desarrollan campañas antisindicales y en el 75% los trabajadores sufren repercusiones si participan en actos de protesta. De este modo, se lesionan derechos laborales individuales, se limita la libertad sindical y se niega el derecho a la protesta de los trabajadores.

 

A modo de cierre

Los trabajadores del sector salud laboran en ambientes laborales inseguros y no saludables, les incumplen con sus derechos contractuales, no se les garantiza protección especial, ni tratamiento contra la Covid-19. Ellos y sus organizaciones sufren en forma permanente acoso y abuso de autoridad.

 

Dado los resultados del reporte de octubre, se plantea al Estado venezolano:

1.    El impulso de mejoras salariales y de las condiciones laborales para disminuir el déficit estructural de personal.

2.    El impulso de una política especial de incentivos incluyentes y no discriminatorios que, en esta coyuntura, reconozca en forma justa a los trabajadores del sector.

3.    Cumplir sus compromisos contractuales y detener sus prácticas recurrentes de acoso y abuso de autoridad contra los trabajadores.

 

El presente informe es el resultado de encuestar las condiciones de trabajo en el sistema público de salud. Lo fundamenta la información recogida en 60 centros de salud del país, entre los días 01 y 10 de octubre.

 

Informe nacional sobre condiciones laborales de los trabajadores de la salud, adscritos al sistema público de salud en Venezuela (septiembre 2021)

 


Dr. Julio García / Dr. Héctor Lucena / Prof. José Gregorio Afonso / Pablo Zambrano

Introducción

El presente informe es el resultado de encuestar las condiciones de trabajo en el sistema público de salud. Lo fundamenta la información recogida en 60 centros de salud del país, entre los días 01 y 10 de septiembre.

Este trabajo es un esfuerzo complejo por la misma naturaleza en las cuales se realizan las encuestas, que no tienen aval ni apoyo de los entes que dirigen la salud pública. Son acercamientos desde las propias organizaciones gremiales de los trabajadores, comprometidas con la representación y defensa de afiliados, pacientes y usuarios, y todos aquellos interesados en su protección en los espacios productivos de los trabajadores sanitarios, que se han reconocido como los más expuestos de riesgos de enfermedades, que en el caso de Covid-19 alcanzan a que hayan fallecidos 747 trabajadores del sector salud a la fecha de este informe, que representan más del 18% del total reportado en las cifras oficiales, como lo registra con datos de nombre, apellido, lugar, la organización no gubernamental Médicos por Venezuela, presente en todo el país.

La estructura del informe es: a) Datos de identificación del centro b) Jornada laboral y suficiencia de personal c) Verificación de beneficios establecidos en las convenciones colectivas y d) Riesgos laborales. Luego de expuesto y considerado cada sección, se presentan un conjunto de consideraciones finales y recomendaciones para cerrar el informe y asumir el próximo


A. Datos de identificación del centro 

1.- Se obtuvo información de 60 centros de salud, ubicados en 35 municipios, ubicados en 12 Estados y el Distrito Capital. Dada su densidad poblacional y número de centros de salud en su territorio, la mayor cantidad de las instituciones monitoreadas (25%) se concentraron en este último.

2.- La mayoría de los centros de salud que proporcionaron información para este reporte son Hospitales tipo III y IV. En ellos se concentró el 58% de las respuestas recibidas. 

B. Jornada Laboral y suficiencia de personal

1.- La asistencia del personal a los centros de salud es incompleta. Lo que se traduce en la sobrecarga del personal que logra asistir dado que la demanda social de atención no disminuye, al contrario, con la pandemia se ha incrementado. En algunas áreas se han presentado casos en los que no hay personal.

Todas las áreas reportan déficit estructural de personal. Este alcanza el 85% de los centros encuestados. Es una consecuencia de la emigración que ha venido ocurriendo y acentuada en los últimos siete años, en donde el factor salarios que no alcancen siquiera para la alimentación, la inseguridad, la incertidumbre en el futuro, el ambiente político no democrático, hace que los trabajadores abandonen empleos fijos del área de la salud a buscar otras alternativas en países latinoamericanos, y lo hacen con todos los riesgos de la incertidumbre y del peligro. 

Otros trabajadores, se quedan en el país y optan por dedicarse a  otras actividades que les permita mejorar sus ingresos o migrar hacia los centros de salud en el sector privado, en los cuales se remunera mejor que en el sector público al personal. .

3.- Las dificultades que viven los trabajadores para asistir a sus centros de trabajo, junto a un conjunto complejo de carencias que precarizan el ambiente de trabajo, y por supuesto al ejercicio de las profesiones que ahí se requieren; producen la desprofesionalizan de la atención en los centros de salud, cuya especificidad exige a los trabajadores el manejo de competencias para realizar su labor. Ante la ausencia del personal médico y de enfermería:

4.- La insuficiencia de personal se expresa por áreas y por turno también, En todos los casos es superior al 50%, siendo, especialmente crítico, el turno de la Noche, los Domingos y Días Feriados. El turno de la mañana es la jornada con mayor presencia de personal.

La ausencia de personal genera una sobrecarga física, mental y emocional sobre los que aún permanecen trabajando. Se trata de trabajadores que se encuentran en primera línea altamente expuestos y en permanente situación de estrés frente a situaciones excepcionales en las que se involucra el derecho a la vida. 

La sobrecarga de trabajo debe ser atendida, porque ella es muy frecuente y suele naturalizarse en espacios de trabajo altamente vinculado a tareas humanitarias y altruistas:


5.- Al déficit estructural de personal, en medio de la pandemia derivada de la Covid-19, se han agregado otros factores más recientes que obstaculizan la asistencia completa y regular de los trabajadores de la salud a sus centros de trabajo. Entre estos están: Las limitaciones de transporte público y la falta de efectivo, los cuales son identificadas por el 77% de los trabajadores como las principales causas que limitan la asistencia del personal los centros de salud: 


Los problemas del transporte público y la falta de efectivo son problemas que se han agravado con la pandemia, su solución depende de políticas públicas eficientes, es decir, superarlos es responsabilidad del Estado venezolano, en consecuencia, es él quien niega el derecho al trabajo de los que no pueden llegar a sus lugares de trabajo y por tratarse de centros asistenciales, también hace lo propio con el derecho a la salud de los que acuden a ellos en búsqueda de atención.

6.- El principal medio de transporte de los trabajadores es el transporte público y a pie. Un porcentaje muy pequeño (5%) lo hace en vehículo propio de cualquier tipo y tan sólo el 15% cuenta con transporte suministrado por la institución: 

El elevado porcentaje de trabajadores (80%) que se trasladan a sus lugares de trabajo en transporte público (58%) o pie (22%) da cuenta, de un lado, que además de los riegos a contagio que viven diariamente en sus los centros en que laboran, se adiciona los de trasladarse diariamente en la red pública de transporte, identificada como un lugar de alto riesgo en medio de la pandemia. El transporte suministrado por los centros de salud a sus trabajadores forma parte de las medidas excepcionales que los Estados deben asumir en medio de la pandemia para proteger a los trabajadores sanitarios y a la población en general.

Al habitual desgaste físico y mental que sufren los trabajadores del sector salud derivado del déficit de personal, equipos e insumos, así como, el crecimiento de la demanda de atención como consecuencia de la pandemia, hay que adicionar que casi un ¼ de ellos se traslada a pie a sus centros de trabajo, lo que representa un esfuerzo adicional. Estas condiciones atentan contra la salud de los trabajadores, dado que disminuye su tiempo de descanso y recreación.  

Tan sólo en el 15% de los centros encuestados se reporta que su personal cuenta con transporte suministrado por la institución, una medida que beneficia a los trabajadores y, además, aporta en la dirección de salvaguardar su derecho a la salud. La OIT recomienda que se diseñen planes, en medio de la pandemia,  con los representantes de los trabajadores, en los que se garantice el suministro de material médico y medicamentos, equipos de protección personal (EPP) y los medios de transporte del personal    

C. Verificación de beneficios establecidos en las convenciones colectivas

1. Los trabajadores del sistema público de salud son sometidos a condiciones de trabajo precario, con salarios insuficientes, sin seguridad laboral ni incentivos laborales importantes:

La mitad de los trabajadores no recibe incentivos laborales de ningún tipo. El resto, en proporciones muy pequeñas en relación con el total de centros de salud encuestados percibe alimentos (15%), permisos (10%) o aportes monetarios (12%). Una realidad que explica el déficit estructural y coyuntural del personal que labora en los centros de salud del país, pues lo dominante es la ausencia de incentivos y allí donde los hay es poco relevante para considerarse una política nacional de gran impacto.

2. La pandemia es una situación excepcional que ha puesto en tensión a la humanidad. En ese contexto, es recurrente ver diversos Estados, impulsados por organismos internacionales y la acciones de la sociedad civil, instrumentar medidas especiales de incentivo al personal sanitario que encara en primera línea la atención de los contagios en sus localidades. Esta realidad especial demanda medidas especiales que incentiven a los mas expuestos, en este caso el personal sanitario, a mantenerse en sus tareas.

Casi dos tercios del personal de los centros de salud del país que labora en primera línea de la Covid-19 no perciben incentivos adicionales. Además de las garantías de seguridad y salud en el trabajo para el personal sanitario, resulta necesario incentivos extras que estimulen favorablemente al trabajador, en especial, en Venezuela en el que los trabajadores del sector público, incluido el sanitario, antes de la pandemia ya sufren las consecuencias de un trabajo precario y viven una Emergencia Humanitaria Compleja. 

Para propiciar incentivos adicionales efectivos, es necesario el diálogo social. Estos deben ser el resultado de acuerdos entre los trabajadores de la salud y las autoridades sanitarias. Sin embargo, la política laboral del Estado venezolano contraria al diálogo social durante la pandemia no ha variado, pese a las recomendaciones de la Comisión de Encuestas de la OIT. De hecho en el primer trimestre del 2021 firmó, excluyendo a las organizaciones sindicales autónomas del sector salud, la denominada “Acta de la Mesa Técnica de Negociación” cuyo contenido no es interpretado como un incentivo para los trabajadores. 

3. ¿Cuáles incentivos? Es la pregunta 3.3

4. El 83% de los centros encuestados manifiesta que Estado venezolano incumple sus obligaciones contractuales con los trabajadores del sector salud. Tan solo el 17% no identifico incumplimiento.

En algunos centros (58%) son varios los incumplimientos y/o deudas pendientes con los trabajadores. Esto es que, al tiempo que, por ejemplo, el empleador no dota a los trabajadores de uniformes, les incumple con lo establecido para descansos y permisos:

Los centros en que los encuestados identificaron incumplimientos contractuales y/o deudas pendientes, señalaron que la violación de compromisos laborales por parte del empleador son, mayoritariamente, la dotación de uniformes (42%) y lo relativo a los permisos y descansos del personal (38%). Luego, estarían en proporciones similares, entre sí, la asignación de vacaciones (28%) y el bono nocturno (26%).  

D. Riesgos laborales 

1. En el 82% de los centros encuestados, los trabajadores no cuentan con agua potable para beber, que lo señalan los convenios colectivos:

Los trabajadores sanitarios son sometidos a intensas jornadas de trabajo en las cuales muchas veces un trabajador cumple la funciones de varios; en climas calurosos y bajo constante desgaste físico y mental sin contar si quiera con condiciones para permanecer hidratado durante su jornada de trabajo. 

2. Contrariamente a lo indicado por la OIT y la OMS, dos tercios (67%) de los centros encuestados reportan que los trabajadores no han recibido capacitación sobre medidas de protección:

Una realidad que incrementa la vulnerabilidad de los trabajadores, en especial en un contexto de pandemia. La capacitación debe ser una política institucional permanente, especialmente, ante situaciones extraordinarias como la actual que es dinámica y cambiante. La capacitación protege el derecho fundamental a la vida y es clave para mantener ambientes de trabajo seguro y saludable. La responsabilidad de brindarla institucionalmente es de las autoridades sanitarias del país y de cada centro de salud.

2. En los centros de salud del país se incumple con lo establecido en la resolución 090 la Gaceta Oficial 41.891 MPPS normativa sanitaria de responsabilidad social ante la pandemia Covid-19; que estableció cuarentena al personal con condiciones de: mayor a 65 años, enfermedades inmunes, cardiópatas, HTA, diabéticos, respiratorios crónicos:

Como se observa en el gráfico tan sólo la mitad de los centros de salud encuestados cumple con el aislamiento del personal mayor de 65 años, un porcentaje bajo dado su nivel de vulnerabilidad en medio de la pandemia. El resto no considera los riesgos de laborar en tal situación con enfermedades preexistentes y un tercio de ellos (32%) no aísla a su personal con fines preventivos, tal como lo establece la resolución 090 del MPPS. 

3. Paradójicamente dada su misión, los centros de salud del país, mayoritariamente, no son lugares de trabajo seguro y saludable: 

El personal del 87% de los centros encuestados no cuenta con la supervisión y procedimientos regulares orientados brindar seguridad laboral y prevención de enfermedades. 

4. El personal más expuesto al contagio en medio de la pandemia es el sanitario. Es él quien la enfrenta en primera línea en sus trabajos. Por lo que debe haber máximo cuido a las medidas de prevención para evitar que él y por añadidura, su familia se enfermen, así como, si esto ocurre, se le debe garantizar en forma oportuna las pruebas diagnósticas Covid-19. Sin embargo, esto no ocurre así:

En el 82% de los centros encuestados no se garantizan las pruebas diagnósticas para Covid-19, es decir, al personal más expuesto en medio de la pandemia, el Estado venezolano no le garantiza las pruebas que permiten, en primer lugar, el tratamiento temprano y eficaz y en segundo momento, el aislamiento preventivo que demanda este tipo enfermedades de tipo viral.

4. En los centros de salud encuestados predomina las limitaciones a la libertad sindical y es constante el abuso de autoridad contra quienes reclaman sus derechos. Se examinó sobre nueve formas de acoso o abuso laboral y ocho de ellas fueron reportados como prácticas presentes en la mayoría de los lugares de trabajo.

La formas de acoso o abuso de autoridad sobre las cuales se indagó fueron: a) Amenazas de despido b) Evaluaciones manipuladas por el patrono c) ascensos no son por méritos d) campañas anti sindicales e) Trabas para presentar una queja ante los jefes f) Acosos o sugerencias sexuales, por parte de jefes u otros g) repercusiones para quienes asisten a actos o protestas h) Personas que malponen a los trabajadores i) Otra situación de acoso u hostigamiento.

De todas estas malas prácticas de gestión del personal, contrarias  a la dignidad humana, a la libertad sindical, el derecho a asociación y la protesta, entre otros. La única que no alcanza la mayoría fue “acosos o sugerencias sexuales por parte de jefes u otros”, la cual fue identificada en un 5% del total de centros encuestados.  La que alcanzó una presencia mayor fue “amenazas de despido”, una constante en 82% de los centros que conforman este reporte.

En el 82% de los centros encuestados, los trabajadores sufren amenazas de despido, dicho de otro modo, no solo están en empleos insuficientemente remunerados, inseguros y pocos saludables, sino también inestables, en los cuales deben laborar bajo el asedió constante.

Predomina un patrón que niega derechos individuales y colectivos de los trabajadores:

Individuales:

El 57% reporta que las evaluaciones son manipuladas por el patrón. En coherencia con esa realidad, el 53% indica que los ascensos no son por méritos. La gestión de personal se percibe, mayoritariamente, como negativa, dado que el 63% señala que existen trabas para presentar una queja ante los jefes.

Colectivos

La acción sindical se desarrolla, mayoritariamente, en un ambiente hostil que orienta a limitar la libertad sindical. Casi dos tercios (65%) de los centros encuestados señalan la existencia de campañas antisindicales.

Esta práctica contra las organizaciones que representan los intereses de los trabajadores, se expresa en las restricciones al derecho a la protesta. Se limita la exigibilidad de sus derechos por parte de los trabajadores, cuando en el (75%) de los centros encuestados se reportan repercusiones para quienes  asisten a actos o protestas, las cuales en los centros de trabajo, resulta lógico pensar que, en forma predominante, son convocadas por las organizaciones que representan a los trabajadores