miércoles, 7 de junio de 2023

HONORARIOS MÍNIMOS (TABULADOR ORIENTATIVO) PARA PROFESIONALES DE ENFERMERÍA EN EL LIBRE EJERCICIO

 

El presente instrumento de los honorarios mínimos de los pro­fesionales de enfermería, es una matriz de referencia para la regulación de tarifas por concepto de la prestación de los ser­vicios en enfermería en Venezuela, en el ámbito del ejercicio libre.

Este es diseñado de conformidad al Artículo 22 de la Ley del Ejercicio Profesional, en lo que se refiere a que será "estableci­do para tal efecto, por la Federación de Colegios de Profesio­nales de la Enfermería de Venezuela y el Ministerio con com­petencia en materia de salud".  Es de argumentar, que es refe­rencial con respecto ante la situación, de lograr vencer las políticas burocráticas del Gobierno Nacional MPPS, y en atención a dar respuesta a las exigencias en esta materia. Por ello, que todo profesional debe abocarse por la protección y cumplimiento de este tabulador. .

El mismo es redactado por la Comisión de Aranceles de la Fe­deración de Colegios de Profesionales de la Enfermería de la República Bolivariana de Venezuela, como el órgano idóneo para la regulación, análisis y consultas que puedan surgir en temas de cobros profesionales; esta tiene la responsabilidad de su publicación de por lo menos una vez por año.

Por último, se deberá recordar que su estimación es en dólares americanos ($), ya que lamentablemente el Bolívar (Bs), dejó de ser una referencia por la alta inflación, este no guarda rela­ción con la realidad del mercado.

Para mayor compresión se recomienda ver el Capítulo IV en cuanto al Reglamento de Honorarios para la Práctica en el Libre Ejercicio de los Profesionales de la Enfermería, aprobado en Asamblea Nacional de la Federación de Colegios Profesio­nales de la Enfermería N° LXVI, el día dieciséis de marzo de 2016, en la Ciudad de Mérida, Estado Mérida. 

A continuación, el contenido del Tabulador:



Atte. Dr. Julio García
@julioporlavida